1. Comprueba cómo se expresan tus vacaciones
Busca en el convenio colectivo, contrato o calendario de vacaciones si el derecho aparece en días naturales o laborables. El Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo de 30 días naturales al año, pero muchos convenios utilizan una equivalencia en días laborables.
No conviertas automáticamente 30 días naturales en 22 días laborables: la equivalencia depende de la jornada, el calendario y el convenio.
2. Marca el primer día
El primer día es el que aparece como inicio del periodo aprobado por la empresa. A partir de ahí, cuenta el número de días de la unidad indicada. En días naturales se cuentan todos; en días laborables se saltan los días que no computen según el convenio.
3. Calcula la fecha de vuelta
Usa la calculadora de vacaciones para obtener una primera fecha. Después compárala con el calendario de tu empresa, porque un festivo autonómico o local puede cambiar el último día cuando el convenio utiliza días laborables.
Ejemplo sencillo
Un periodo de 10 días naturales que comienza el 3 de agosto termina el 12 de agosto, contando el primer día. La reincorporación sería el 13 de agosto, salvo que exista una regla distinta.
Qué ocurre con los festivos
En vacaciones expresadas en días naturales, el festivo queda dentro del periodo. En días laborables, su tratamiento depende del convenio y del calendario laboral. Por eso no basta con contar lunes a viernes: hay que revisar también festivos y posibles días de cierre.
Fuentes y preguntas frecuentes
¿La empresa puede imponer las fechas?
El calendario se fija de acuerdo con la planificación y el convenio aplicable. El trabajador debe conocer sus fechas con la antelación que marca la normativa.
¿Puedo reclamar si el cálculo no coincide?
Primero compara el calendario con el convenio y contrato. Si sigue existiendo una discrepancia, solicita una explicación por escrito y asesórate laboralmente.